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Nevaco Global
5 de octubre de 2026

Así fundamentó la jueza la prisión preventiva contra cuatro hijos de alias “Pecho de rata”

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La resolución, del 30 de setiembre, dispuso que los cuatro hijos de alias "Pecho de rata" permanezcan en prisión hasta el 23 de junio del 2027.

Alejandra Rojas, jueza penal de Limón, ordenó prisión preventiva contra cuatro hijos de Edwin López Vega, alias “Pecho de rata” —dos mujeres y dos hombres—, investigados en el llamado caso “Riverside”. En su resolución, diferenció los indicios contra cada uno y señaló que el parentesco no permite atribuirles automáticamente delitos de otras personas.

La resolución, del 30 de setiembre, dispuso que los cuatro hijos de alias “Pecho de rata” permanezcan en prisión hasta el 23 de junio de 2027.

Para tres de los hijos, Rojas consideró que existen indicios suficientes, en esta etapa, de una posible participación en actividades vinculadas con el tráfico de drogas y la asociación ilícita. Sin embargo, no encontró el mismo grado de probabilidad para sustentar una atribución individual por lavado de dinero.

En el caso de otra de las hijas, el análisis se concentró en una posible colaboración en el manejo de recursos financieros. La jueza consideró satisfecho el grado de probabilidad cautelar por legitimación de capitales y asociación ilícita, sin atribuirle participación en las actividades de tráfico de drogas investigadas contra otras personas.

La juzgadora hizo una valoración individual de cada hija e hijo de alias “Pecho de rata”.

Con respecto a una de las hijas, la resolución valoró comunicaciones con su padre sobre gestiones, cantidades y cálculos, especialmente una secuencia de llamadas del 25 de junio de 2025 relacionada con una actividad suspendida ante circunstancias que los interlocutores consideraron riesgosas.

La jueza también reconoció que existía una actividad comercial real en el bar y restaurante Ire Zone, respaldada por trabajadores, facturas, planillas y movimientos bancarios. Administrar el negocio o contar efectivo, indicó, no demuestra por sí solo legitimación de capitales.

“Existe una hipótesis provisional sobre la estructura; a (XXX) se le atribuye la coordinación y gestión deun segmento, no la dirección general; su vínculo se sustenta en comunicaciones fechadas y en actos administrativos que ella reconoce; la posible relevancia penal de su aporte se relaciona con la secuencia operativa del 25 de junio; y la explicación familiar y comercial posee corroboración efectiva. La confianza de Edwin en su hija no se convierte automáticamente en ‘dominio funcional’ de delitos ajenos. La probabilidad cautelar se refiere al aporte concreto descrito y no a la totalidad de hechos investigados contra otras personas”, indicó la jueza.

En el caso de uno de los hijos, la jueza determinó que el principal indicio fueron dos llamadas del 21 de enero de 2025. En ellas, un hombre de apellido Collado llama a otro para decirle que el hijo de alias “Pecho de rata” le advirtió que el Organismo de Investigación Judicial (OIJ) lo andaba siguiendo. La juzgadora señaló que no se escuchó directamente la voz del hijo de alias “Pecho de rata” ni se observó una venta de droga ejecutada personalmente por él.

“Sin embargo, la proximidad temporal de ambas comunicaciones, la reiteración de la atribución y la reacción de advertir a terceros y pedir que guardaran lo que tenían constituyen un indicio específico de su intervención en una cadena de avisos frente a la presencia policial. Su significado se aprecia junto con las diligencias relativas a la actividad de distribución de drogas investigada en Cahuita”, señaló la jueza.

En cuanto a la legitimación de capitales, la jueza indicó que durante la audiencia no se individualizó una operación concreta mediante la cual ese hijo de Edwin López Vega recibiera, transfiriera u ocultara bienes de procedencia delictiva con el conocimiento exigido por ese delito.

En cuanto al segundo hijo de Edwin López Vega, la jueza señaló que se valoraron comunicaciones sobre coordinaciones y una vigilancia del 20 de enero de 2026. Según el seguimiento policial, ingresó con un paquete a un inmueble utilizado por otro investigado y salió sin él.

“No se verificó mediante incautación el contenido del paquete que transportó, ni se demostró que fuese el mismo objeto entregado posteriormente. La información previa acerca de un supuesto cargamento de cocaína no equivale a la constatación de que ese paquete contuviera droga. Por eso, la observación no prueba por sí sola una cantidad, sustancia o entrega consumada específica. La convergencia entre comunicaciones con contenido operativo, indicaciones provenientes de Edwin y una actuación material de traslado y entrega permite, para esta etapa, establecer una probabilidad de participación en la logística de las actividades de tráfico investigadas”, señaló la jueza.

En cuanto a la segunda hija de alias “Pecho de rata”, los indicios en su contra incluyen imágenes de plataformas o billeteras digitales identificadas con su nombre, encontradas en el teléfono decomisado a su padre, en las que aparecen saldos. También se localizaron tarjetas bancarias y documentos a su nombre en un vehículo conducido por otra persona.

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