El presidente Bernardo Arévalo sancionó oficialmente el Decreto 22-2026, una medida de emergencia económica que otorga un alivio tributario temporal a los consumidores de gasolina y diésel. La normativa, aprobada por el Congreso de la República y oficializada en el Diario de Centro América, busca frenar el impacto del alza en los precios internacionales de los hidrocarburos.
La exención entrará en vigor este jueves 1 de octubre y se mantendrá vigente hasta el 31 de diciembre de 2026. Durante este trimestre, las familias guatemaltecas, el sector transporte y la industria local experimentarán una rebaja directa en las bombas de abastecimiento, siempre que las estaciones de servicio trasladen de forma íntegra el beneficio.
El corazón de la disposición radica en la suspensión temporal de dos tributos fundamentales: el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Impuesto a la Distribución de Petróleo Crudo y Combustibles Derivados del Petróleo (IDP). Según las estimaciones oficiales y los cálculos del tributo exento, las rebajas por galón se desglosan de la siguiente manera:
Además del diésel y las gasolinas, la exoneración del IVA abarca al alcohol carburante y al gas oil, fortaleciendo el esquema de apoyo a los sectores productivos y agrícolas que dependen de estos insumos para la logística diaria.