La china Alibaba demanda a EE.UU. y exige ser retirada de la lista negra del Pentágono
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El Gobierno de Colombia emitió una resolución en el que plantea retomar la venta de energía a Ecuador.
El Gobierno de Colombia dio un paso para reactivar las exportaciones de energía eléctrica hacia Ecuador. El Ministerio de Minas y Energía presentó un proyecto de resolución que establece las reglas para las transacciones internacionales de electricidad y habilita la firma de contratos de compra y venta de energía entre agentes de ambos países.
La propuesta, firmada por el ministro Edwin Palma Egea, se publicó el pasado 7 de junio y se mantuvo en el portal hasta el lunes 22 de junio de 2026 para recibir comentarios, como ordena la legislación colombiana.
El proyecto de resolución busca regular las exportaciones de electricidad bajo el esquema de las Transacciones Internacionales de Electricidad (TIE), mecanismo que permite el intercambio energético entre los sistemas eléctricos de Colombia y Ecuador.
De concretarse, la medida facilitaría nuevamente la comercialización de energía entre ambos países a través de contratos bilaterales. La venta de energía entre ambos países se suspendió en enero, luego de que Ecuador impuso aranceles a los productos que ingresaban por la frontera.
El proyecto establece que generadores y comercializadores colombianos registrados en el mercado eléctrico podrán suscribir contratos de exportación e importación de energía con participantes ecuatorianos habilitados.
La normativa plantea que estos acuerdos tendrán un carácter estrictamente comercial y no influirán en la operación técnica de los sistemas eléctricos ni en el despacho económico de energía de cada país.
Además, los contratos deberán registrarse ante XM, entidad encargada de administrar las transacciones del mercado eléctrico colombiano, y cumplir con las reglas vigentes para pagos, liquidaciones y garantías financieras.
Uno de los aspectos centrales del proyecto es que el uso de las líneas de interconexión entre Colombia y Ecuador continuará dependiendo de la operación coordinada de ambos sistemas eléctricos.
El documento aclara que la existencia de contratos comerciales no garantiza por sí sola el flujo físico de energía, ya que este seguirá sujeto a las condiciones operativas, disponibilidad de generación y criterios técnicos establecidos por los operadores de ambos países.
La resolución establece que estas disposiciones estarán vigentes hasta que entre en funcionamiento el Mercado Andino Eléctrico Regional de Corto Plazo (MAERCP), contemplado en la normativa de la Comunidad Andina.
Mientras ese esquema regional entra en operación, Colombia y Ecuador podrán utilizar este mecanismo transitorio para realizar intercambios de electricidad bajo contratos bilaterales.
La resolución entraría en vigencia una vez sea publicada oficialmente y se completen los procedimientos regulatorios correspondientes.
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