El Concejo Deliberante aprobó el despacho para declarar la emergencia climática, ambiental y ganadera en Malargüe
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Tras las intensas contingencias meteorológicas que vienen afectando al departamento y el impacto registrado en la producción caprina, el Honorable Concejo Deliberante de Malargüe dio curso al despacho que declara la Emergencia Climática, Ambiental y Ganadera en todo el territorio municipal.
La medida, respaldada en diversos expedientes referidos al fenómeno de El Niño y la crisis agropecuaria, se mantendrá vigente desde su publicación hasta el 31 de marzo del próximo año, con el objetivo de dotar al Departamento Ejecutivo de herramientas administrativas y operativas para mitigar los daños en el ámbito urbano y rural.
El proyecto hace especial énfasis en la situación crítica que atraviesan los crianceros locales, advirtiendo sobre una preocupante mortandad de chivos recién nacidos debido a las persistentes lluvias, las bajas temperaturas y la escasez de alimento.
En ese sentido, el cuerpo deliberativo solicitó formalmente al Poder Ejecutivo Provincial la puesta en marcha de un Plan Extraordinario de Asistencia Ganadera que contemple:
Asimismo, la normativa faculta al Ejecutivo Municipal a ejecutar un plan de contingencia para la conservación de servicios esenciales y la seguridad pública. Entre las acciones autorizadas se incluyen el mantenimiento de arbolado público con riesgo de caída, la limpieza y reparación de redes de drenaje, colectores pluviales y defensas aluvionales, y el despeje de caminos municipales.
Para la atención de la red vial rural y accesos comprometidos, el municipio deberá coordinar tareas operativas con la Dirección Provincial de Vialidad, el Departamento General de Irrigación y la Dirección de Hidráulica.
Ante la urgencia de las intervenciones, se habilitó la aplicación de procedimientos de contratación directa bajo el marco de la Ley Provincial N.º 8.706 para la adquisición de bienes, obras y servicios vinculados exclusivamente a la emergencia.
Sin embargo, el texto aclara que la norma no constituye una autorización genérica: cada contratación deberá contar con un informe técnico fundado que justifique la urgencia y ser informada al Concejo Deliberante en un plazo no mayor a 10 días hábiles posteriores a su ejecución.
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