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El Gobierno de Javier Milei dispuso una drástica reducción del listado de medicamentos esenciales que el Estado nacional utiliza como referencia para su compra y distribución gratuita en los centros de atención primaria de la salud. A través de una resolución publicada este jueves en el Boletín Oficial, el Ministerio de Salud, encabezado por Mario Lugones, derogó el vademécum aprobado en 2021 y lo reemplazó por una nómina de apenas seis principios activos, destinados a la prevención y el tratamiento de enfermedades cardiovasculares. La decisión modifica sustancialmente el esquema de provisión nacional de medicamentos vinculado al programa Remediar, creado hace 24 años para garantizar el acceso gratuito a tratamientos de uso frecuente.
La medida quedó establecida mediante la Resolución 1447/2026, que derogó la Resolución 3424/2021, por la cual se había aprobado un listado de medicamentos esenciales para el primer nivel de atención. Aunque la nueva normativa no dispone expresamente la eliminación del programa Remediar, reduce considerablemente el alcance del listado nacional de referencia y deja fuera tratamientos destinados a numerosas enfermedades habituales.
Entre los principios activos que ya no figuran en la nueva nómina se encuentran la levotiroxina, utilizada para tratar trastornos de la tiroides; la metformina, indicada para pacientes con diabetes; la amoxicilina, uno de los antibióticos más utilizados; el salbutamol, empleado para afecciones respiratorias; el fluconazol, utilizado para tratar infecciones por hongos; la loratadina, indicada para cuadros alérgicos, y distintos anticonceptivos.
Los seis principios activos incluidos son ácido acetilsalicílico, atorvastatina, candesartán, hidroclorotiazida, ramipril y rosuvastatina. Se trata de medicamentos vinculados con la prevención de enfermedades cardiovasculares, el tratamiento de la hipertensión arterial y el control del colesterol.
Remediar fue creado en 2002, durante la crisis económica, con el objetivo de garantizar el acceso a medicamentos esenciales a las personas que se atienden en el sistema público. Su funcionamiento se basó en la compra centralizada y la distribución de botiquines a centros de atención primaria de todo el país. Con el paso de los años, el programa amplió la cantidad de tratamientos disponibles y llegó a abastecer a unos 8.000 establecimientos sanitarios.
La resolución establece que el nuevo listado tendrá carácter orientativo y servirá como referencia para las adquisiciones centralizadas, la planificación logística y la distribución de medicamentos en los establecimientos públicos de atención primaria.
El Ministerio de Salud aclaró que la modificación no altera las responsabilidades de las provincias y de la Ciudad de Buenos Aires en materia de provisión de medicamentos esenciales para otras enfermedades. En consecuencia, las jurisdicciones deberán recurrir a sus propios presupuestos y mecanismos de compra para garantizar los tratamientos que dejaron de formar parte de la nueva nómina nacional, siempre que no estén contemplados en otros programas de provisión.
En los fundamentos de la medida, el Gobierno argumentó que el listado aprobado en 2021 respondía a un contexto sanitario diferente y que la evolución del perfil epidemiológico del país justifica la adopción de un instrumento específico para las enfermedades vasculares.
Según los datos incluidos en la resolución, entre el 34% y el 40% de la población adulta argentina presenta hipertensión arterial, mientras que las enfermedades cardiovasculares representan entre el 28% y el 32% de las muertes registradas en el país.
La modificación se produce en paralelo con la puesta en marcha del Plan Nacional de Salud Vascular 2026-2030, que busca fortalecer la prevención, la detección temprana y el tratamiento de enfermedades como el infarto agudo de miocardio y el accidente cerebrovascular (ACV).
El nuevo plan contempla protocolos de atención, mejoras en los sistemas de derivación de pacientes, redes de atención de emergencias y la creación de un registro nacional de desfibriladores. También incluye acciones vinculadas con la insuficiencia cardíaca, la fibrilación auricular, las miocardiopatías y el pie diabético.
Sin embargo, las resoluciones oficiales establecen que estas iniciativas no implicarán erogaciones presupuestarias adicionales y que deberán implementarse mediante la reorganización de los recursos existentes.
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