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Nevaco Global
22 de julio de 2026

El Gobierno adapta la normativa de la PAC para garantizar las ayudas al vino en 2028

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El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un real decreto que asegura la continuidad de las ayudas al sector vitivinícola durante 2028, mientras entra en vigor el próximo marco de la Política Agraria Común (PAC). El decreto impulsado por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, también incorpora a la legislación española las medidas más urgentes del nuevo paquete europeo del vino y actualiza la regulación de las intervenciones sectoriales apícola y de frutas y hortalizas.

La reforma permitirá que las convocatorias de ayudas que deban abonarse en 2028 puedan tramitarse con la antelación que exige la normativa, evitando un vacío entre el actual periodo de programación, que concluye en 2027, y el futuro marco europeo previsto para 2028-2034.

El Ministerio explica que esta modificación ofrece seguridad jurídica a bodegas y operadores del sector, que podrán seguir accediendo a los apoyos mientras se aprueba la regulación definitiva de la próxima PAC.

Entre las novedades figura la incorporación de las medidas para aplicar el paquete legislativo del vino (Reglamento 2026/471), aprobado este año por la UE para responder a los principales retos del sector vitivinícola.

En materia de inversiones se eliminan algunas restricciones y se amplían las actuaciones que podrán recibir financiación. Entre ellas se incorpora la comercialización vinculada al enoturismo como actividad subvencionable. Además, se habilita una convocatoria extraordinaria de ayudas a la inversión con cargo a las anualidades de 2028 y 2029, cuya resolución deberá notificarse antes del 31 de diciembre de 2027.

La reforma también modifica el régimen de promoción del vino en mercados de terceros países. A partir de ahora, las acciones de promoción y comunicación de vinos con Denominación de Origen Protegida (DOP), Indicación Geográfica Protegida (IGP) o indicación de variedad podrán recibir apoyo durante un máximo de nueve años consecutivos, mediante dos posibles prórrogas de tres años cada una.

Asimismo, se introducen criterios de prioridad para facilitar el acceso de pequeños productores a estas ayudas, favoreciendo también la incorporación de nuevos beneficiarios, productos y mercados. El calendario de las convocatorias de 2028 y 2029 se adapta igualmente para facilitar la transición al nuevo marco europeo.

El real decreto incluye además ajustes técnicos en las ayudas destinadas a la reestructuración y reconversión de viñedos y a la cosecha en verde con el objetivo de mejorar su aplicación.

En el caso del sector apícola, la modificación normativa permitirá prolongar la vigencia de las ayudas más allá del horizonte inicialmente previsto para garantizar la continuidad de los apoyos hasta la entrada en funcionamiento del siguiente periodo de programación.

Por su parte, la regulación de las intervenciones para frutas y hortalizas refuerza la seguridad jurídica de los programas operativos de las organizaciones de productores, especialmente en la gestión de crisis.

También actualiza el catálogo de productos que podrán acogerse al régimen de indemnizaciones por retiradas de mercado destinadas a distribución gratuita u otros fines, además de incorporar diversos ajustes técnicos y disposiciones transitorias para adaptar la normativa al paquete europeo de simplificación de la PAC.

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