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MIAMI, Estados Unidos ― El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, extendió hasta el 14 de septiembre de 2027 el ejercicio de determinadas facultades de la Ley de Comercio con el Enemigo aplicadas al régimen cubano, con lo que mantuvo vigente una de las bases jurídicas históricas de las sanciones económicas contra La Habana.
“Por la presente determino que la continuación del ejercicio de esas facultades con respecto a Cuba durante un año redunda en el interés nacional de Estados Unidos”, afirmó Trump en el memorando dirigido a los secretarios de Estado y del Tesoro.
La prórroga no equivale jurídicamente a una renovación de todo el embargo, porque el programa de sanciones contra Cuba descansa sobre varias autoridades legales. La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC, por sus siglas en inglés) del Departamento del Tesoro enumera, además de la Ley de Comercio con el Enemigo, la Ley para la Democracia Cubana de 1992, la Ley Libertad —o Helms-Burton— de 1996, la Ley de Reforma de las Sanciones Comerciales y Ampliación de las Exportaciones de 2000, otras disposiciones del Congreso y órdenes ejecutivas presidenciales.
Asimismo, la prórroga impide que expiren las facultades de la Ley de Comercio con el Enemigo que Washington ejerce mediante las Regulaciones para el Control de Activos Cubanos, conocidas por sus siglas en inglés como CACR. Estas prohíben, salvo autorización expresa del Departamento del Tesoro, una amplia gama de operaciones realizadas por personas sujetas a la jurisdicción estadounidense cuando involucran propiedades o intereses del Estado cubano o de ciudadanos de la Isla.
Las regulaciones abarcan transferencias, pagos, operaciones financieras y transacciones con bienes, pero también contienen licencias generales y específicas que permiten determinadas actividades, entre ellas viajes familiares, labores periodísticas, proyectos humanitarios y actividades religiosas o educativas.
El mecanismo de renovación anual tiene su origen en una reforma aprobada por el Congreso en 1977. La Ley Pública 95-223 limitó el empleo de la Ley de Comercio con el Enemigo —promulgada originalmente en 1917— durante períodos de paz, pero permitió conservar las facultades que ya estaban siendo ejercidas respecto de determinados países el 1 de julio de 1977. La legislación autorizó al presidente a prorrogarlas por períodos sucesivos de un año si determina que su continuidad responde al interés nacional estadounidense.
Las facultades relativas a Cuba estaban programadas para expirar el próximo 14 de septiembre. Una determinación firmada por Trump el 29 de agosto de 2025 y publicada el 4 de septiembre de ese año las había mantenido vigentes hasta esa fecha; el nuevo memorando evita su vencimiento y las prolonga durante otros 12 meses.
El canciller del régimen cubano, Bruno Rodríguez Parrilla, condenó este martes la decisión y calificó las sanciones estadounidenses como “una política genocida que se mantiene (…) por más de seis décadas”. “La renovación de la llamada Ley de Comercio con el Enemigo hasta septiembre de 2027 no es un acto administrativo menor, sino la confirmación de que Washington persiste en su propósito de asfixiar a una nación entera”, escribió en X.
La extensión ocurre mientras la Administración Trump aplica simultáneamente otro programa de sanciones contra el régimen cubano, creado en mayo de 2026 mediante la Orden ejecutiva 14404 y basado en la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional. La OFAC ha aclarado que ese mecanismo es distinto de las CACR y que ambos funcionan en paralelo.
El mismo 20 de agosto en que Trump firmó la prórroga, el Tesoro incorporó nueve entidades estatales cubanas de los sectores de la minería, los metales, el comercio exterior y la construcción a su lista de personas y compañías bloqueadas bajo la nueva orden ejecutiva.
El embargo general sobre el comercio entre Estados Unidos y Cuba fue proclamado por el presidente John F. Kennedy el 3 de febrero de 1962 y entró en vigor cuatro días después. En julio de 1963, el Departamento del Tesoro promulgó las Regulaciones para el Control de Activos Cubanos, cuya continuidad respalda la determinación firmada ahora por Trump.
Villa Clara, 1991. Periodista y editor de género graduado de la Universidad Central «Marta Abreu» de Las Villas, en 2015. Ha colaborado con medios como El Toque, Periodismo de Barrio, El Estornudo y Proyecto Inventario. Fue editor de la revista Tremenda Nota. Miembro del equipo de redactores de Cubanet.
Especialización: género, cobertura de grupos vulnerables, edición de textos.
Web: https://www.cubanet.org/author/carlos-alejandro-rodriguez-2/
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